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El acceso a la ocupación significativa es un derecho humano básico.
Elizabeth Townsend, 1983
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Titulación requerida
Para ejercer de terapeuta ocupacional es necesario estar en disposición del titulo de grado en Terapia Ocupacional, expedido por el ministerio de Educación y Ciencia. En España, la formación en terapia ocupacional consiste en un grado universitario de 4 años de duración (240 ECTS) que se puede cursar en universidades tanto públicas como privadas, en modalidad exclusivamente presencial.
Denuncia intrusismo
Desde COPTOCA se pone a disposición de los profesionales de la terapia ocupacional asi como de los ciudadanos el siguiente formulario a través del cual se pretende informar a la Organización de aquellas actividades que se observen como intrusismo profesional
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Centros de Terapia Ocupacional
El censo de centros autorizados, es un listado que proporciona el Gobierno de Canarias (Servicio Canario de la Salud), en el que se especifican aquellos centros que comunican tener Unidades
de Terapia Ocupacional (U60) en la comunidad autónoma. Los requisitos que deben reunir estos centros y normativa se encuentran recogidas a nivel estatal y autonómico:
DECRETO 225/1997, de 18 de septiembre
Por el que se regulan las autorizaciones de instalación y funcionamiento de centros, servicios, establecimientos y actividades sanitarias.
(BOC nº129-Lunes 06 de Octubre de 1997)
DECRETO 68/2010, de 17 de junio
Por el que se regula la autorización y registro de los centros, servicios y establecimientos sanitarios de Canarias. (BOC nº126, de Martes 29 de Junio de 2010)
REAL DECRETO 1277/2003, de 10 de octubre
Por el que se establecen las bases generales sobre autorización de centros, servicios y establecimientos sanitarios
REAL DECRETO 1277/2003, de 10 de octubre
Por el que se establecen las bases generales sobre autorización de centros, servicios y establecimientos sanitarios. Artículo 6. Identificación de los centros, servicios y establecimientos sanitarios autorizados.
ORDEN SCO/1741/2006, de 29 de mayo
Por la que se modifican los anexos del Real Decreto 1277/2003, de 10 de octubre, por el que se establecen las bases generales sobre autorización de centros, servicios y establecimientos sanitarios
(BOE nº 134 de 6 de junio de 2006)
Solicitudes y documentación
Solicitudes y modelos impresos desde la página web del Servicio Canario de Salud del Gobierno de Canarias
Solo los centros, servicios y establecimientos sanitarios autorizados podrán utilizar en su publicidad, sin que induzca a error, términos que sugieran la realización de cualquier tipo de actividad sanitaria, limitándose aquella a los servicios y actividades para los que cuenten con autorización, debiendo consignar en dicha publicidad el número de registro otorgado por la autoridad sanitaria de la correspondiente comunidad autónoma al concederle la autorización sanitaria de funcionamiento o la autorización específica de publicidad sanitaria.
U.60 Terapia ocupacional: unidad asistencial en la que, bajo la responsabilidad de un terapeuta ocupacional, se utilizan con fines terapéuticos las actividades de auto-cuidado, trabajo y ocio para que los pacientes adquieran el conocimiento, las destrezas y actitudes necesarias para desarrollar las tareas cotidianas requeridas y consigan el máximo de autonomía e integración.
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Censo de centros
En este momento no hay terapeutas en el censo.
Contacto
Si deseas contactar con COPTOCA, puedes hacerlo mediante el formulario adjunto, también estamos a tu disposición en redes sociales y en esta dirección: